💴Diversificación de Mecanismos Financieros
Venezuela en animo de generar instrumentos legales que le permita enfrentar el bloque financiero por parte de otros Estados creo mediante Ley Constitucional Ley Constitucional Antibloqueo, que permite el uso de los criptoactivos como medio de pago para bienes y servicios, en tal sentido depone el articulo 32 lo siguiente: Artículo 32. A los fines de proteger las transacciones que involucren activos financieros de la República y sus entidades, el Ejecutivo Nacional podrá autorizar la creación e implementación de cualquier mecanismo financiero que permita mitigar los efectos de las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas que motivan esta Ley Constitucional, incluyendo el uso de criptoactivos e instrumentos basados en la tecnología de cadena de bloque.
Así mismo dispone en el articulo 36 el Sistema de Asistencia y Protección Legal con la finalidad asistir, orientar y proteger, nacional o internacionalmente, a las víctimas en general, ya sean personas naturales o jurídicas a cargo de la Procuraduría General de la República . Además en su disposición final de esta norma señala que tendrá vigencia hasta que cesen los efectos de las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas que afectan al país.
Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la Garantía de los Derechos Humanos. Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.583 Extraordinaria, de fecha 12 de octubre de 2020.
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