🛠️Requerimientos Técnicos, Legales y Contables
Recomendaciones.
Cumplir con el registro de la Providencia Administrativa No. 008-2019, emanada por la SUNACRIP, mediante la cual se regula el Registro Integral de Servicios en Criptoactivos (RISEC). Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.578, de fecha 04 de febrero de 2019.
Utilizar Exchange nacionales debidamente autorizadas mediante licencias de operación.
Cumplir con las formalidades de los registros contables de las operaciones y tenencias de criptoactivos a través de las normas Decreto No. 4.025, mediante el cual se instruye a las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas en cuanto a la obligatoriedad del registro de información y hechos económicos expresados contablemente en Criptoactivos Soberanos, sin perjuicio de su registro en Bolívares, según corresponda.
Fundamento Legal: Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.41.763, de fecha 19 de noviembre de 2019 y la Boletín de Aplicación de los VEN-NIF Nº.12 Versión No. 0 “Tenencia de Criptoactivos Propios”, publicado por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela, Principios de Contabilidad VEN- NIF “Tenencia de Criptoactivos Propios”. Directorio General Ampliado Extraordinario, de fecha 15 de febrero de 2020.
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